Durante años, los planes de pensiones han sido el vehículo de ahorro más utilizado por los españoles para preparar la jubilación. Las ventajas fiscales durante la etapa de aportaciones —que permiten reducir la base imponible del IRPF— han sido su principal atractivo. Sin embargo, cuando llega el momento de rescatarlo, la historia cambia por completo: Hacienda también reclama su parte, y un mal movimiento puede suponer perder hasta la mitad del dinero acumulado.
El error más común, según los expertos, es no planificar el rescate. La Agencia Tributaria no aplica una retención fija, sino que integra las cantidades retiradas dentro de las rentas del trabajo, como si fueran un salario o una pensión. De esa forma, el dinero rescatado se suma al resto de tus ingresos del año y tributa según los tramos generales del IRPF. Si el rescate es elevado o se hace de golpe, el salto a los tipos más altos —que pueden alcanzar el 47 %— está casi garantizado.
Cuatro formas de rescatar el plan de pensiones
Una de las decisiones más importantes al llegar la jubilación (o al cumplirse los diez años desde la primera aportación, una novedad que entrÓ en vigor en 2025) es cómo recuperar los fondos. No existe una única forma, y cada modalidad tiene implicaciones fiscales muy distintas.
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Rescate en forma de capital
Es la opción más inmediata: se cobra todo el dinero de una sola vez. Proporciona liquidez total, pero es también la fórmula más castigada fiscalmente, ya que toda la cantidad se suma a tus ingresos del año y puede situarte en los tramos más altos del IRPF. -
Rescate en forma de renta
Permite cobrar el dinero de manera periódica —mensual, trimestral o anual—. Con esta modalidad, los ingresos se reparten a lo largo de varios ejercicios, reduciendo el impacto fiscal cada año. Es una opción muy recomendable si se busca estabilidad y pagar menos impuestos. -
Rescate mixto
Combina las dos anteriores: una parte se cobra de golpe y otra en forma de renta. Permite obtener liquidez inmediata sin asumir todo el impacto fiscal de un solo año. No obstante, la parte rescatada como capital tributará íntegramente en el ejercicio del cobro. -
Rescate en forma de renta vitalicia o flexible
Menos habitual, consiste en convertir el plan en un ingreso mensual garantizado de por vida. Aporta seguridad y previsibilidad, aunque no todos los planes lo permiten y puede implicar condiciones más estrictas.

Cuánto se queda Hacienda: ejemplos claros
Para entender la magnitud del impacto fiscal, basta con un ejemplo práctico. Supongamos un jubilado que cobra una pensión pública de 20.000 € anuales y tiene un plan de pensiones con 100.000 € acumulados.
Modalidad de rescate | Monto rescatado | Base imponible total (pensión + rescate) | Tipo de IRPF estimado | Impuesto sobre el rescate |
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En capital (todo de golpe) | 100.000 € | 120.000 € | 45 %-47 % | ≈ 45.000 € |
En renta (10.000 €/año durante 10 años) | 100.000 € | 30.000 € por año | 30 %-37 % | ≈ 3.000-3.700 €/año |
En mixto (50.000 € capital + 50.000 € renta) | 100.000 € | 70.000 € el primer año | 37 %-45 % | Variable según reparto |
En renta vitalicia | Según la renta pactada | 25.000-30.000 € anuales | 30 %-37 % | Menor impacto progresivo |
La diferencia entre rescatarlo todo de golpe o hacerlo en forma de renta puede suponer más de 20.000 € en impuestos. Por eso, los asesores financieros recomiendan nunca retirar todo el capital el mismo año de la jubilación, especialmente si todavía se perciben ingresos o indemnizaciones por despido.
La reducción del 40 % para aportaciones antiguas
Existe una excepción importante: si parte del dinero del plan proviene de aportaciones realizadas antes del 31 de diciembre de 2006, se puede aplicar una reducción del 40 % al rescatarlo en forma de capital.
Esto significa que solo tributarías por el 60 % de esas aportaciones. No obstante, esta ventaja solo se mantiene durante el año de la jubilación y los dos años siguientes. Si se deja pasar ese plazo, se pierde definitivamente el derecho a la reducción. Por ejemplo, si de los 100.000 € acumulados, 50.000 € proceden de aportaciones anteriores a 2007, Hacienda solo tendría en cuenta 80.000 € para calcular el IRPF (el 100 % de los 50.000 € nuevos más el 60 % de los antiguos).
Novedades en 2025: rescate a los 10 años
Desde el 1 de enero de 2025 se pueden rescatar las aportaciones con al menos diez años de antigüedad, sin necesidad de estar jubilado ni cumplir otros supuestos excepcionales. Esto permite una mayor flexibilidad, aunque el tratamiento fiscal será el mismo: el dinero se integrará como rendimiento del trabajo. Esta medida da liquidez a los ahorradores, pero también exige más planificación. Rescatar grandes cantidades antes de tiempo podría elevar artificialmente la base imponible y hacer que Hacienda se quede con una parte significativa del ahorro.
El error que puede costarte la mitad del plan
El gran error es no planificar el rescate. Muchos ahorradores, tras años de esfuerzo, recuperan todo su plan de golpe sin prever las consecuencias fiscales. El resultado: hasta un 45 % del capital puede acabar en manos de la Agencia Tributaria. La clave para evitarlo está en combinar estrategia y calendario: rescatar el dinero en varios años, aprovechar la reducción del 40 % si procede, y coordinar el cobro del plan con años de menores ingresos. Más que pensar en cómo ahorrar en el IRPF al aportar, hay que pensar en cómo pagar menos cuando toque recuperarlo. Porque, si no se planifica bien, el mayor beneficiado de tu plan de pensiones no serás tú, sino Hacienda.