FIANZA ALQUILER

La fianza del alquiler: cuándo te la tienen que devolver y cómo reclamarla si el casero no paga

Si tu casero no te ha pagado la fianza del alquiler dentro del plazo legal, sigue estos pasos para recuperar tu dinero incluso con intereses

Imagen simbólica de la fianza del alquiler
Freepik

El fin de un contrato de alquiler pasa por la entrega de llaves y la mudanza al nuevo hogar. Entonces, queda sólo resolver la devolución de la fianza del alquiler. Y, lamentablemente, mucha veces origina un conflicto entre el arrendador y el arrendatario.

Esta garantía para el propietario frente a posibles daños o deudas, debe devolverse íntegramente al inquilino si todo está en orden. Tiene unos plazos legales, y existe un procedimiento de reclamación en caso de demora o negativa a la devolución sin justificación.

El plazo legal de devolución de la fianza del alquiler y las consecuencias de la demora

Alquiler - Economía
Una imagen conceptual de las llaves en una vivienda
CAM

La Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (LAU), especifica en su artículo 36.4 el tiempo para resolver la fianza del alquiler.

Se indica que el propietario dispone de un mes desde la entrega de llaves del arrendatario para examinar el estado de la vivienda, y devolver la fianza entera o la parte que corresponda para cubrir el gasto de posibles reparaciones o sustituciones.

Es importante que la entrega de llaves quede documentada en un acta u otro documento firmado por las dos partes, de cara a posibles disputas futuras.

Según la ley, si no se ha hecho la devolución y no existe justificación válida, el inquilino puede reclamar la fianza con intereses de demora por cada día de retraso, cumplidos los 31 días.

A pesar de los costes justificados que pueda presentar el arrendador, la liquidación total debe entregarse en el mismo plazo de tiempo. En caso contrario, se aplicarán los intereses de demora igualmente al dinero pendiente de devolver.

Paso a paso para reclamar el dinero de la fianza

Contrato de alquiler - Economía
La revisión de un contrato de alquiler (Pexels)

Si el propietario no ha devuelto la fianza del alquiler, o bien no ha justificado debidamente la cantidad descontada de la misma, el inquilino debe iniciar un proceso formal de reclamación. Este sigue las dos siguientes fases.

Reclamación vía extrajudicial

El primer paso es redactar una reclamación formal por escrito, preferiblemente en forma de burofax con acuse de recibo y certificación. Esto garantiza al documento como prueba legal irrefutable del recibo de la reclamación, el momento de la recepción y su contenido.

Es clave asegurarse de que, en la reclamación se identifiquen las dos partes implicadas y todos los detalles del contrato. Además, deben señalarse la fecha de entrega de llaves, y hacer referencia al artículo 36.4 de la Ley.

Asimismo, la exigencia de devolución debe ser clara, con el importe exacto y con el plazo de pago (lo razonable son unos 7 días) para efectuar el ingreso.

Reclamación vía judicial

En caso de que se ignore el burofax, o bien se obtenga una negación injustificada, se debe interponer una demanda judicial. Habitualmente, se hace a través de un juicio verbal.

Hay un detalle importante. Este proceso puede realizarse sin abogado y sin procurador, pero sólo en casos de cantidades reclamadas que no superen los 2.000 euros. En caso de que la reclamación supere esta cantidad, es obligatoria la intervención de las dos figuras judiciales.

Durante este juicio, es importante aportar toda la documentación posible (fotografías del estado de la vivienda, el justificante de la entrega de llaves, el burofax, etc.).

En caso de no poder justificar la retención del dinero, probablemente el juez obligará al propietario a devolver la fianza, a abonar los intereses de demora e incluso los costes del proceso.

Siendo la fianza un dinero que legalmente ha de ser devuelto, es importante conocer y hacer cumplir los derechos como inquilinos e inquilinas. No dudes en seguir este camino si te encuentras en esta situación.

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