El Gobierno ha presentado una ambiciosa reforma de la Ley de la Infancia con el objetivo de reforzar la protección de los menores y garantizar que todos ellos, sin excepción, sean escuchados en cualquier procedimiento que les afecte.
La propuesta, impulsada desde el Ministerio de Juventud e Infancia, introduce cambios profundos en la actual Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI), aprobada en 2021.
El nuevo texto, aún pendiente de tramitación, busca blindar derechos fundamentales, endurecer la respuesta frente a la violencia institucional y dotar de mayor seguridad jurídica a los niños y adolescentes. Estas son las diez claves que explican los cambios más relevantes de la Ley de la Infancia.
1) El fin del límite de edad para escuchar al menor
Hasta ahora, la justicia estaba obligada a escuchar a los menores solo a partir de los 12 años. La nueva Ley de la Infancia elimina ese umbral y establece que todos los niños y adolescentes, con independencia de su edad, tendrán derecho a ser escuchados en los procesos judiciales o administrativos que les afecten.
Esta modificación supone un cambio estructural en la forma en que el sistema judicial aborda la voz de los menores. El objetivo es que su opinión no sea meramente testimonial, sino un elemento con valor jurídico real. Para ello, se prevé que la escucha del menor se realice en condiciones adaptadas, con profesionales especializados y garantizando su bienestar emocional durante el proceso.
2) Un abogado del menor para garantizar la defensa efectiva
Otra de las grandes novedades de la Ley de la Infancia es la creación de la figura del “abogado del menor”. Hasta ahora, en determinados procedimientos judiciales, los niños eran representados por un “defensor judicial” designado por los tribunales.
Con la nueva regulación, se contempla que el menor pueda contar con un abogado propio, designado por turno de oficio y especializado en derechos de infancia. Este letrado se encargará de velar por los intereses del menor en todo momento, garantizando que su voz se escuche y que las decisiones que le afecten estén justificadas desde la óptica del interés superior del niño.
3) Reconocimiento de la violencia institucional
La Ley de la Infancia incorpora por primera vez la figura de la “violencia institucional”. El término se refiere a cualquier situación en la que una administración pública, por acción u omisión, vulnere los derechos del menor o prolongue su sufrimiento.
Esta definición abre la puerta a posibles sanciones cuando, por ejemplo, los servicios sociales, los juzgados o las instituciones educativas fallen en la protección de un niño víctima de violencia. El reconocimiento de la violencia institucional era una reclamación histórica de las asociaciones de infancia, que denuncian la falta de mecanismos eficaces de reparación frente a la inacción o los errores del sistema.
4) Prohibición del uso del Síndrome de Alienación Parental
El llamado Síndrome de Alienación Parental (SAP) ha sido una de las cuestiones más controvertidas en los procesos judiciales de custodia y violencia de género. La nueva Ley de la Infancia plantea su eliminación formal como argumento legal, al considerar que se trata de una figura pseudocientífica que ha sido utilizada, en algunos casos, para desacreditar testimonios de menores víctimas de abusos o violencia vicaria.
El Gobierno quiere que los tribunales no puedan basar sus decisiones en informes que hagan referencia al SAP. De esta forma, se pretende evitar la revictimización de los niños y garantizar que los procedimientos se basen únicamente en criterios psicológicos y forenses contrastados.
5) Suspensión automática de la patria potestad en casos de violencia
La Ley de la Infancia también endurece la respuesta frente a los progenitores condenados por violencia de género, violencia vicaria o delitos sexuales. En estos casos, la suspensión de la patria potestad será automática, sin necesidad de que el juez deba motivarla de forma específica.
Hasta ahora, los jueces podían decidir si retiraban o no la patria potestad tras una condena. Eso provocaba desigualdad de criterios entre distintos tribunales. Con la nueva norma, esa decisión deja de ser discrecional y se convierte en obligatoria, reforzando la protección de los hijos de víctimas de violencia machista.
6) Refuerzo del derecho a la reparación
El texto en preparación amplía el reconocimiento del derecho de los menores víctimas a una reparación integral. La Ley de la Infancia garantiza que todos los niños y adolescentes que sufran violencia física, sexual, psicológica o institucional puedan acceder a servicios especializados de atención, apoyo y reparación.
Además, el Gobierno quiere que estas víctimas sean reconocidas de manera plena dentro del Estatuto de la Víctima del Delito. Del tal forma que tengan derecho a recibir información, asistencia jurídica y medidas de protección desde el inicio del procedimiento.
7) Formación especializada para todos los profesionales
La reforma de la Ley de la Infancia incluye la obligación de que todos los profesionales que trabajen con menores —ya sean del ámbito judicial, sanitario, policial, educativo o social— reciban formación específica y continua en materia de derechos de infancia y detección de la violencia.
Esta medida busca garantizar que quienes intervienen en los procesos tengan la preparación necesaria para actuar correctamente ante situaciones de riesgo, abusos o conflictos familiares. El Ministerio de Juventud e Infancia prevé aprobar un “Plan Director de Formación” para coordinar la capacitación de los distintos cuerpos profesionales.
8) Condiciones específicas para la escucha del menor
Uno de los aspectos más técnicos de la Ley de la Infancia tiene que ver con las condiciones bajo las que se escuchará al menor. El texto detalla que las entrevistas deberán realizarse en un entorno adaptado, sin presencia del presunto agresor, y con posibilidad de acompañamiento.
También se establece que los menores podrán elegir el sexo del profesional que les tome declaración en casos de abusos sexuales o violencia. Las resoluciones judiciales deberán, además, redactarse con un lenguaje comprensible para los niños, de manera que puedan entender las decisiones que se adoptan sobre su vida o su futuro.
9) Extensión de la prueba preconstituida a todas las edades
Hasta ahora, la prueba preconstituida —que permite grabar la declaración del menor para evitar que tenga que repetirla en el juicio— solo se aplicaba en casos de niños pequeños o con vulnerabilidad especial. Con la nueva Ley de la Infancia, esta posibilidad se amplía a todas las edades.
El objetivo es evitar la revictimización de los menores durante los procesos judiciales. De este modo, cualquier niño o adolescente podrá prestar testimonio una sola vez, en un entorno seguro, y esa declaración tendrá plena validez procesal. El sistema judicial busca así reducir el impacto emocional de los procedimientos y proteger el bienestar psicológico de los menores.
10) Coordinadores de bienestar y protección en los centros
La Ley de la Infancia prevé reforzar la protección en los centros donde conviven menores, tanto en instituciones públicas como privadas. Para ello, se creará la figura del “coordinador de bienestar y protección”, que será responsable de supervisar que se cumplen los protocolos de prevención de la violencia y de atención a los niños.
Estos coordinadores ya existen en los centros educativos desde la aprobación de la LOPIVI. Pero ahora su presencia se extenderá a los centros de protección, residencias, instalaciones deportivas y entidades del tercer sector que trabajen con menores. Su función será la de actuar como enlace entre los niños, las familias y las instituciones, garantizando una respuesta rápida ante cualquier indicio de maltrato o negligencia.