¿Qué cambia en el Código Penal? Las principales novedades de la nueva ley de violencia vicaria

La aprobación de esta ley supondrá un reconocimiento histórico para las víctimas y sus familias, y marcará un hito en la protección jurídica

En el 83 por ciento de los casos de asesinato por violencia vicaria existía una denuncia previa, se podría haber evitado el acceso de los maltratadores a los pequeños
KiloyCuarto

El Gobierno ha dado un paso decisivo en la lucha contra la violencia vicaria. El Consejo de Ministros abordará este martes la primera ley orgánica que tipifica de manera explícita este tipo de violencia como delito autónomo, en respuesta a una demanda histórica de las víctimas y las asociaciones feministas.

Según el Anteproyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de violencia vicaria, se trata de una de las formas “más crueles y devastadoras de violencia de género”, en la que el agresor utiliza a los hijos u otras personas del entorno afectivo de la víctima “para causarle el mayor daño posible”. El texto define la violencia vicaria como una manifestación extrema de la violencia machista que requiere “una respuesta normativa específica, integral y eficaz”.

La violencia vicaria, reconocida como una forma de violencia de género

La futura ley marcará un antes y un después en el tratamiento jurídico de la violencia vicaria. A fin de cuentas, la tipificará de forma independiente dentro del Código Penal. Con esta reforma, el Gobierno busca visibilizar esta forma de violencia, reforzar la protección de las víctimas e introducir medidas de prevención más eficaces.

El documento, al que ha tenido acceso la prensa, contempla siete artículos, dos disposiciones transitorias y tres finales. En conjunto, el texto pretende generar un “cambio cultural” que permita dar visibilidad a la violencia vicaria y fomentar una conciencia colectiva orientada a su rechazo y erradicación.

Cambios en el Código Civil y mayor protección a los menores

El primer bloque de la ley se centra en los cambios en el Código Civil, concretamente en los artículos 92 y 94, relativos a la custodia y los regímenes de visitas. La reforma obligará a escuchar siempre la voz de los menores. Algo que hasta ahora no era imperativo.

La violencia vicaria será reconocida como delito específico en el Código Penal: penas de cárcel y medidas para proteger a los menores
La violencia vicaria entrará en el Código Penal.
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De esta forma, se garantiza que los hijos puedan expresar su voluntad y opinión en los procesos judiciales, incluso a través de sus representantes legales o de personas de confianza. Con ello, se refuerza el principio del interés superior del menor, uno de los pilares de esta nueva normativa.

La violencia vicaria entra en el Código Penal como delito propio

El artículo tercero del anteproyecto modifica el Código Penal para incluir por primera vez un tipo penal específico dedicado a la violencia vicaria, que se integrará como un nuevo artículo, el 173 bis.

Este nuevo delito establece penas de prisión de seis meses a tres años y prohibición de tenencia de armas entre tres y cinco años para quienes, con el objetivo de dañar o hacer sufrir a su pareja o expareja, cometan delitos como homicidio, lesiones, agresiones sexuales o delitos contra la intimidad o el honor sobre hijos, descendientes, ascendientes, hermanos o personas bajo tutela.

La ley aclara que las penas por violencia vicaria se impondrán de forma independiente a las correspondientes por los delitos cometidos, reforzando así la autonomía jurídica de esta figura penal.

Prohibición de difundir contenidos relacionados con el delito

Una de las novedades más relevantes del texto es la prohibición expresa de publicar o difundir mensajes, textos, imágenes o cualquier contenido vinculado con los delitos de violencia vicaria. Esta medida, inspirada en casos mediáticos como el de José Bretón, pretende evitar la revictimización y proteger la dignidad de las víctimas y sus familias.

El documento explica que esta nueva pena busca impedir que los agresores utilicen medios digitales o redes sociales como una prolongación del daño. Una práctica cada vez más habitual en los casos de violencia vicaria.

La violencia vicaria, considerada un indicador de riesgo

El anteproyecto también incluye modificaciones en la Ley de Protección Jurídica del Menor, en el Código Civil y en la Ley de Enjuiciamiento Civil para incorporar la violencia vicaria como indicador específico de riesgo.

La violencia vicaria será reconocida como delito específico en el Código Penal: penas de cárcel y medidas para proteger a los menores
El drama de la violencia vicaria.
Artículo14

Esto permitirá a las autoridades detectar de forma más temprana posibles situaciones de vulnerabilidad y activar medidas de protección adecuadas. Con esta reforma, los menores dejan de ser considerados “víctimas colaterales” y pasan a ser sujetos plenos de derechos, cuya seguridad y bienestar emocional deben ser garantizados.

Un nuevo registro nacional de víctimas

Otra de las grandes novedades será la creación de una estadística específica sobre víctimas mortales por violencia vicaria, que permitirá diferenciar estos casos del resto de la violencia de género. Este nuevo sistema estará bajo la supervisión de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género y garantizará el seguimiento público de su evolución.

Finalmente, el texto también refuerza la formación de jueces, fiscales, forenses y fuerzas de seguridad, con el objetivo de mejorar la respuesta institucional.

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