Muchos propietarios desconocen que aún pueden obtener ventajas fiscales si amortizan su hipoteca antes de que termine el año. Esta acción puede suponer un importante ahorro en la próxima declaración de la renta, siempre que se cumplan ciertos requisitos. Porque si tu préstamo hipotecario cumple las condiciones necesarias, las cantidades destinadas a amortizarlo pueden desgravar en el IRPF. En otras palabras, al reducir parte de la deuda antes del cierre del ejercicio fiscal, podrás disminuir tu base imponible y pagar menos impuestos.
Eso sí, esta deducción solo sigue vigente para quienes adquirieron su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 y aplicaron ya la deducción por compra de vivienda en ejercicios anteriores. Para el resto de los contribuyentes, la deducción estatal fue suprimida, aunque algunas comunidades —como Navarra y el País Vasco— mantienen sus propios regímenes.

Requisitos para poder desgravar por la hipoteca y ¿cuánto puedes desgravar?
Para beneficiarte de esta deducción es necesario cumplir las siguientes condiciones:
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La vivienda debe ser tu residencia habitual, no una segunda vivienda o inmueble en alquiler.
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El préstamo hipotecario debe haberse solicitado para comprar, construir, ampliar o rehabilitar la vivienda antes de 2013.
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Debiste haber aplicado la deducción en tu declaración de la renta de 2012 o en ejercicios anteriores.
Si cumples con estos requisitos, todavía puedes aprovechar la deducción haciendo una amortización parcial de tu hipoteca antes de fin de año.
El límite máximo anual sobre el que puedes aplicar la deducción es de 9.040 euros por contribuyente. Sobre esa cantidad se aplica un porcentaje total del 15 %, dividido entre el tramo estatal (7,5 %) y el autonómico (hasta un 7,5 % adicional, según la comunidad).
Esto equivale a un ahorro máximo de 1.356 euros al año. Si la hipoteca tiene dos titulares y ambos declaran por separado, el límite se duplica: 18.080 euros y hasta 2.712 euros de deducción conjunta.
Algunas comunidades autónomas aplican reglas específicas más ventajosas:
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Navarra: deducción del 15 % sobre un máximo de 7.000 €.
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País Vasco: hasta el 18 % sobre diferentes límites según la provincia (Vizcaya, Guipúzcoa y Álava).
Qué gastos se incluyen en la deducción
Además de las cuotas ordinarias de la hipoteca, también puedes incluir otros pagos relacionados:
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Amortizaciones anticipadas realizadas durante el año.
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Comisiones bancarias vinculadas al préstamo.
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Seguros de vida o de hogar exigidos por la entidad.
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Gastos derivados de novaciones o subrogaciones.
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Costes de cancelación registral al finalizar el préstamo.
Todos estos conceptos se suman al total anual, sin superar en ningún caso los 9.040 euros deducibles por persona.
¿Amortizar plazo o cuota?
A la hora de realizar una amortización anticipada, puedes elegir entre reducir el plazo de la hipoteca o la cuota mensual.
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Si tu objetivo es ahorrar intereses, lo más recomendable es acortar el plazo.
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Si prefieres aliviar tus pagos mensuales, conviene reducir la cuota.
En ambos casos, la amortización que realices antes del 31 de diciembre contará para la deducción de la renta del próximo ejercicio.

