Violencia doméstica

La ley talibán legaliza la violencia doméstica siempre que no haya “huesos rotos o heridas abiertas”

La normativa firmada por Hibatullah Akhundzada autoriza a los maridos a golpear a sus esposas y limita las vías de denuncia

Afganistán
Niñas afganas en una escuela religiosa en Kabul, Afganistán
EFE

La nueva normativa penal aprobada por los talibanes en Afganistán ha provocado alarma dentro y fuera del país por el alcance de sus disposiciones, especialmente en lo que respecta a los derechos de las mujeres. El código, firmado por el líder supremo Hibatullah Akhundzada y distribuido en los tribunales afganos bajo el nombre de De Mahakumu Jazaai Osulnama, introduce un marco legal que permite a los maridos golpear a sus esposas siempre que no se produzcan “huesos rotos o heridas abiertas”.

El texto establece que las agresiones dentro del matrimonio se consideran “ta’zir”, es decir, un castigo discrecional, y no un delito en sí mismo. Según The Telegraph el Artículo 32, solo cuando el esposo golpea a la mujer con tal fuerza que cause lesiones graves —como fracturas, heridas o moretones visibles— y ella logra probarlo ante un juez, puede imponerse una pena de hasta quince días de prisión. La redacción oficial señala: “Si un esposo golpea a su esposa (la demandante) con fuerza severa (resultando en hueso roto, herida o moretón visible en el cuerpo), y la demandante prueba su caso ante el juez, el esposo es culpable; el juez lo condenará a quince días de prisión”.

Mujeres afganas caminan por una calle en Kandahar, Afganistán, el 9 de julio de 2025
EFE/EPA/QUDRATULLAH RAZWAN

Denuncias imposibles

Sin embargo, la posibilidad de que una mujer consiga esa condena es extremadamente limitada. Para presentar una denuncia debe comparecer ante un juez varón, completamente cubierta y acompañada por un tutor masculino. En la mayoría de los casos de violencia doméstica, ese tutor es el propio esposo acusado de la agresión. Además, el código no contiene ninguna disposición que prohíba explícitamente la violencia física, psicológica o sexual contra las mujeres.

El marco legal también cierra otras vías de escape. El Artículo 34 estipula que una mujer que se traslade a la casa de sus padres sin el permiso del marido —incluso si huye de la violencia— puede ser condenada a tres meses de prisión. Sus familiares, si la acogen, enfrentan la misma sanción. El texto indica: “Si la esposa (la demandante), sin el permiso del esposo y sin una razón legal basada en la Sharia, va repetidamente a la casa de su padre u otros parientes y permanece allí, y pese a la objeción del esposo y el fallo del juez, el padre de la esposa u otros familiares continúan acogiéndola e impiden su regreso a su propio hogar, tanto el padre como quienes obstruyen son criminales; el juez condenará a cada uno de ellos a tres meses de prisión”.

Desde el regreso de los talibanes al poder en agosto de 2021, los derechos de las mujeres han sido progresivamente restringidos. Las nuevas normas afectan la vida cotidiana: se les ordena cubrirse el rostro “para evitar la tentación y tentar a otros”, no hablar en presencia de hombres desconocidos y no elevar la voz dentro de sus hogares para que no sea escuchada desde el exterior. Quienes incumplan estas disposiciones pueden ser detenidas y enviadas a prisión.

Una mujer afgana camina por una calle en Kandahar, Afganistán, el 9 de julio de 2025
EFE/EPA/QUDRATULLAH RAZWAN

Jerarquía

En el Artículo 9 divide a la sociedad afgana en cuatro categorías: eruditos religiosos, élites, clase media y clase baja. La misma infracción recibe consecuencias distintas según la posición del acusado: para un erudito puede bastar una advertencia; para un miembro de la élite, una citación judicial; la clase media puede enfrentar prisión; y la clase trabajadora, prisión y castigo corporal. Además, el documento distingue entre ciudadanos “libres” y “esclavos”, situando a las mujeres en el mismo nivel que estos últimos y permitiendo que los “amos”, es decir, los esposos, impongan castigos físicos.

Otras disposiciones amplían el control estatal. El Artículo 23 establece 20 latigazos y seis meses de cárcel por insultar a líderes talibanes. El Artículo 17 penaliza la “burla” de normas islámicas con hasta dos años de prisión, sin definir qué constituye burla. El Artículo 59 castiga el baile con dos meses de cárcel.Una mujer afgana vestida con burka camina por un mercado en Kabul, Afganistán, el 6 de marzo de 2025.

El nuevo marco elimina además cualquier referencia al derecho a la asistencia letrada y reemplaza los mecanismos previos por la discrecionalidad de jueces talibanes sin supervisión ni posibilidad de apelación. En paralelo, se han impuesto normas estrictas sobre la apariencia masculina: el ministerio declaró “obligatorio” llevar la barba más larga que un puño, y barberos han sido encarcelados por incumplir la regla.

Mientras tanto, el país permanece bajo un sistema legal que consolida la desigualdad estructural y limita drásticamente las vías de protección y justicia para amplios sectores de la población, en particular para las mujeres.

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