En las últimas semanas, determinados sectores de la izquierda han tratado de instalar un relato en el que comparan la labor desempeñada por Jaime de los Santos como asesor de Elvira Fernández, esposa del expresidente Mariano Rajoy, con la de Cristina Álvarez, asesora de Begoña Gómez, hoy imputada por el juez Juan Carlos Peinado. Sin embargo, según las fuentes consultadas por este periódico, las funciones de uno y otra y, sobre todo, las consecuencias legales de sus actuaciones, distan de ser equiparables.
De los Santos, actual diputado del Partido Popular y responsable de igualdad de la formación, formó parte entre 2013 y 2015 del gabinete de Presidencia durante el mandato de Rajoy. Su cometido, según fuentes de la propia Moncloa de aquella etapa, se limitaba a coordinar y organizar la presencia de Elvira Fernández en actos oficiales a los que, por protocolo, debía acudir acompañando al jefe del Ejecutivo. Una función que se realizaba en momentos puntuales, sin dedicación exclusiva, y que respondía a criterios de ceremonial institucional.
“El chico de las bolsas”
Entre las tareas de De los Santos figuraba la coordinación con el servicio de seguridad de la Presidencia cuando Fernández salía del Palacio de la Moncloa o el asesoramiento sobre el modo de actuar en determinados actos de carácter oficial. En ningún caso dependía directamente de la cónyuge del presidente sino de la Secretaría General de la Presidencia, entonces dirigida por María Rosario Pablos. Es decir, respondía jerárquicamente a un cargo institucional y no a la mujer de Rajoy.
De hecho, su rol era solo una parte de su jornada laboral como consejero técnico, que incluía también la redacción de discursos para Mariano Rajoy y para la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría. Una posición profesional que en ningún momento le vinculó con la vida privada de Fernández, quien incluso gestionaba personalmente cuestiones tan cotidianas como sus citas personales.
El único episodio mediático que dio notoriedad a De los Santos en aquella etapa fue la publicación de unas fotografías en 2013 en las que aparecía portando bolsas de compras junto a Elvira Fernández. A raíz de esas imágenes, la prensa llegó a bautizarlo como el “chico de las bolsas”, una caricatura que, pese a su impacto mediático, no suscitó ninguna controversia legal ni institucional.
Cristina Álvarez y las acusaciones de malversación
Muy distinta es la situación que atraviesa Cristina Álvarez, asesora de Begoña Gómez, esposa del presidente Pedro Sánchez. Según la investigación que dirige el juez Juan Carlos Peinado, Álvarez utilizó su condición de directora de Programas de Presidencia para implicarse en asuntos de la actividad académica y profesional de Gómez, en particular en la cátedra extraordinaria que codirigía en la Universidad Complutense de Madrid.
Los correos incorporados al sumario muestran que Álvarez llegó a presentarse como “colaboradora” de dicha cátedra y remitió comunicaciones a empresas privadas, como Reale Seguros, animándolas a mantener su patrocinio. Asimismo, intervino en gestiones relacionadas con el software utilizado en el marco de esa actividad. Estas actuaciones, según el juez, exceden con mucho las funciones de su cargo y constituyen indicios de tráfico de influencias y malversación de caudales públicos.
A diferencia de lo ocurrido en la etapa de Rajoy, en este caso se trata de una asesoría ejercida de manera “24 horas al día, los 7 días de la semana”, según la propia declaración de Álvarez, y directamente vinculada a la agenda privada y profesional de la esposa del presidente. De ahí que la investigación judicial haya alcanzado a Gómez, a su asesora y al delegado del Gobierno en Madrid, todos ellos llamados a declarar ante un jurado popular.
La Ley del Gobierno, en su artículo 10, regula las funciones de los asesores de Presidencia como órganos de apoyo político y técnico. En ningún caso se contempla que puedan intervenir en actividades profesionales ajenas a las instituciones. Por ello, la acusación que pesa sobre Álvarez —y que no existió respecto a De los Santos— se fundamenta en el presunto uso de recursos públicos para fines privados.