La locura del amor. ¿Qué sería el mundo para nuestros corazones sin ella? Johann Wolfgang Goethe se hizo la pregunta en Las desventuras del joven Werther y ya sabemos la tragedia que se desató en sus personajes. Amar sin medida, contra todo pronóstico y sin moldes no es algo que acontece de forma anecdótica, menos en el entorno laboral, primer escenario de las relaciones infieles y uno de los favoritos para que brote el amor. Tan común que el 30% de los españoles confiesa haber tenido alguna relación amorosa con un compañero de trabajo.
¿Qué puede ocurrir?
Sin habernos recuperado de la resaca mediática del concierto de Coldplay, cuando el CEO de Astronomer, Andy Bryon, casado, fue pillado con la jefa de recursos humanos (e inmediatamente despedido), esta semana ha sido Nestlé la que ha anunciado el cese fulminante de su consejero delegado, Laurent Freixe, tras descubrirse que mantenía una relación sentimental no revelada con una subordinada directa.
El despido se justifica en que el romance infringe el código de conducta, que exige transparencia, más si existe, como era el caso, una relación jerárquica. “Esta fue una decisión necesaria. Los valores y la gobernanza de Nestlé son pilares sólidos de nuestra empresa. Agradezco a Laurent sus años de servicio en Nestlé”, ha explicado en un comunicado el presidente, Paul Bulcke. Como este, ha habido otros muchos casos.

¿Quién pone coto al amor? No será, desde luego, la legislación española. Nos lo explica claramente Lola Justo, abogada de Legálitas: “No existe ninguna ley que prohíba las relaciones sentimentales en el entorno laboral. Ni siquiera entre directivos y otros empelados. Las empresas pueden tener sus códigos de conducta, pero en más de veinte años de ejercicio de la abogacía no he conocido ninguna cláusula que impida enamorarse o mantener relaciones entre los empleados. Si hubiese un despido ateniéndose a una cláusula así, podría recurrirse porque vulneraría derechos fundamentales y, por tanto, constitucionales: la igualdad y no discriminación, y el derecho a la intimidad”.
La abogada se refiere al artículo 14 de la Constitución Española, que establece el principio de igualdad, y al artículo 18, que garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. De este segundo derecho emana la protección de la intimidad del trabajador y la vida privada como una norma básica.
Que no altere el rendimiento
Otra cosa son las circunstancias que deriven de la relación o de una posible ruptura. “No puede haber favoritismo o discriminación. El romance o la aventura tampoco puede afectar al rendimiento ni condicionar el clima laboral, la objetividad o la imparcialidad. Es decir, tanto los derechos como los deberes seguirán siendo igual. A menudo los despidos toman como argumentos estos factores, no el vínculo en sí”. En el caso de Coldplay fue el daño que la escena viral pudo provocar a la imagen corporativa.
Un estudio de InfoJobs realizada a través de sus redes sociales desveló que el 21% de los encuestados ha mantenido una relación sentimental en el entorno laboral. Otras encuestas elevan el porcentaje al 30. El 57% de los encuestados desconoce si su compañía tomaría alguna medida y un 32% afirma que no existe ninguna precaución por parte de su empresa. Un 11% asegura que sí.
Según nos indica Justo, ni siquiera cuando el tipo de relación que se establece no es vista con buenos ojos porque no responde a los criterios éticos del empresario, es motivo de despido. Sí lo es la distracción, la falta de límites entre lo personal y lo profesional o, como ocurrió en un despido que llegó al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, las relaciones sexuales tengan lugar en el horario laboral y dentro de la empresa. “En este caso, la sentencia consideró procedente el despido por tratarse de una transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza, aspectos ajenos al simple hecho de mantener una relación sentimental”.
Algunas precauciones
¿Tiene que comunicar el trabajador a su empresa la existencia de una relación sentimental? La abogada responde que no, ya que pertenece al ámbito de intimidad y esfera privada de los trabajadores. El hecho de no comunicarlo no supondría una infracción que pueda acarrear un despido disciplinario procedente, siempre que no traiga consigo otras consecuencias negativas o genere conflictos internos. Tampoco hay obligación de indicar el estado civil.
Teniendo en cuenta las horas que transcurren entre compañeros, a veces más que con la pareja, puedes ser difícil resistir la tentación, según nos indican en el portal de citas infieles Gleeden. De acuerdo con un estudio sobre la infidelidad femenina en Europa realizado por IFOP para esta plataforma, las españolas son las europeas que consiguen más amantes en el ambiente laboral. Un 33% de las infieles frente al 28% de las inglesas y el 27% de las italianas y alemanas. “Es uno de los terrenos de juego preferidos por los infieles. Pero cuidado: se requieren algunas precauciones. Entre ellas, saber cuándo llega el momento de acabar”.