El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica diseñada para garantizar un nivel básico de ingresos a aquellas personas y hogares en situación de vulnerabilidad. Gestionada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), esta ayuda mensual tiene como objetivo reducir la pobreza y prevenir la exclusión social.
En septiembre de 2025, los beneficiarios del IMV recibirán el ingreso correspondiente al mes anterior —es decir, agosto— en los primeros días hábiles del mes, normalmente entre el 1 y el 4 de septiembre, siguiendo el calendario fijado por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Esto asegura que la cuantía esté disponible en las cuentas bancarias de los perceptores antes del viernes 5 de septiembre.

¿Quién puede recibir el IMV?
El Ingreso Mínimo Vital está dirigido tanto a personas que viven solas como a unidades familiares que no cuentan con los recursos suficientes para cubrir sus necesidades básicas. Pueden solicitarlo tanto ciudadanos españoles como residentes legales en España, siempre que cumplan con los requisitos de ingresos, patrimonio y residencia establecidos en la normativa.
Más allá de ser una ayuda económica, el IMV se plantea como un mecanismo de protección social que busca ofrecer estabilidad a los colectivos más vulnerables, contribuyendo a mejorar la cohesión y a reducir las desigualdades.
Diferencias en la fecha según el banco
Aunque el pago oficial del IMV se sitúa en los primeros días de septiembre, lo cierto es que cada entidad bancaria puede adelantar el abono a sus clientes. Así, mientras que bancos como Santander o CaixaBank suelen realizar los ingresos en torno al 24 de agosto, otras entidades como BBVA, Sabadell, Kutxabank, Cajamar, Abanca o Ibercaja los efectúan alrededor del 25 de agosto.
En el caso de Bankinter y Caja de Ingenieros, lo habitual es que el dinero esté disponible hacia el 23 de agosto, mientras que entidades como Unicaja o ING también mantienen fechas cercanas al 25, siguiendo su calendario de pagos habitual.
Estas variaciones no afectan al derecho de los beneficiarios, que siempre perciben la cantidad que les corresponde, aunque sí pueden influir en la fecha exacta en que el dinero aparece en la cuenta.
Primer pago para nuevos beneficiarios
Un aspecto importante a tener en cuenta es el de quienes reciben el IMV por primera vez. En estos casos, el primer abono puede no coincidir con el calendario habitual de pagos. Por ejemplo, si la resolución favorable se concede entre el 10 y el 12 de abril de 2025, el ingreso inicial suele realizarse en los primeros días de mayo. Si la aprobación llega más tarde, es probable que el cobro se produzca en junio.
En cualquier caso, la Seguridad Social garantiza que no se pierde ninguna mensualidad: el pago es retroactivo, lo que significa que se abonarán todas las cantidades pendientes desde la fecha en que se reconoce el derecho, aunque el ingreso inicial se retrase por motivos administrativos. Esta es una ayuda que, mes tras mes, continúa siendo un apoyo esencial para miles de familias y personas en España que dependen de ella para cubrir sus necesidades más básicas.