Últimas nóminas del año. El saldo en la cuenta se estabiliza, pero aparecen algunas dudas. ¿Vender esas acciones en rojo? ¿Aprovechar el plan de pensiones olvidado? ¿Invertir en esa obra pendiente? ¿Seguir aplazando la compra de un coche eléctrico? Con el calendario fiscal en la recta final de año, cada decisión cuenta. Lo que ocurra en estas semanas puede determinar cuánto se pagará o se recuperará en la próxima declaración de la renta de más de 24 millones de contribuyentes, según cifras de la Agencia Tributaria.
¿Tienes un plan?
Uno de los mecanismos más utilizados para reducir la base imponible general del IRPF es la aportación a planes de pensiones. Para 2025, el tope deducible individual sigue siendo de 1.500 euros, o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades si esa cifra es menor, según datos de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Si además hay plan de empleo, ese límite conjunto puede escalar hasta 10.000 euros. Es el caso, por ejemplo, de una asalariada con un sueldo neto de 30.000 euros al año. Si no ha hecho aportaciones, puede destinar hasta 1.500 euros antes de fin de año, reduce su base sujeta al IRPF. Si su empresa ofrece plan de empleo, podría sumar aportaciones hasta dicho límite.
Inversiones con pérdidas, plusvalías y fondos sin peaje
Las inversiones también permiten actuaciones fiscales antes del cierre del año. Un ejemplo concreto: alguien compró acciones de la empresa X por 10.000 euros y ahora valen 7.000 euros. Si vende antes del 31 de diciembre, registra una pérdida de 3.000 euros. Esa pérdida puede restar a las ganancias obtenidas en otras inversiones del año, reduciendo la base sobre la que se grava el impuesto. Si después de esa compensación aún queda pérdida sin usar, la ley permite arrastrarla y aplicar el saldo en los cuatro años siguientes, según explican desde el Grupo de Expertos en Fiscalidad de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF).
También se puede dar el caso de que se haya vendido un activo con una ganancia de 5.000 euros y otro con una pérdida de 3.000. En este supuesto, la base imponible del ahorro se reduciría hasta los 2.000 euros, con efecto inmediato. Esta posibilidad está recogida en el artículo 48 de la Ley del IRPF y en las guías informativas de la CNMV.
La CNMV advierte, sin embargo, que este tipo de operaciones deben planificarse con mucho cuidado. La norma establece que si en los dos meses siguientes se compran valores equivalentes (“homogéneos”), la pérdida no puede computarse hasta que esos nuevos títulos se vendan. Es un mecanismo para evitar operaciones simuladas, aunque España no cuenta con una regla tan estricta como el “wash sale” de Estados Unidos.
En cuanto a los fondos de inversión, también incorporan otra ventaja añadida. Según la CNMV, los traspasos entre fondos, siempre que el capital no se reembolse a la cuenta corriente, están exentos de tributación inmediata. Esto permite reorganizar la cartera sin impacto fiscal. Por ejemplo, un inversor que quiera abandonar un fondo de tecnología y entrar en uno de perfil más conservador puede hacer el cambio sin pasar por Hacienda, mientras no retire efectivo.
De la vivienda al coche eléctrico
La vivienda habitual también abre varias vías para rebajar impuestos. Las deducciones por obras de eficiencia energética se mantienen vigentes hasta el 31 de diciembre de 2025. La normativa permite aplicar una deducción del 20% del importe invertido si las obras logran reducir un 7% la demanda de calefacción o refrigeración, con un límite de 5.000 euros.
Si la mejora alcanza una rebaja del 30% en energía primaria no renovable o consigue una calificación A o B, la deducción sube al 40%, con un tope de 7.500 euros. En edificios completos, el incentivo fiscal puede alcanzar el 60%, con un máximo de 15.000 euros, a repartir en tres años.
La movilidad sostenible también trae premio fiscal. La compra de un vehículo eléctrico antes de fin de año permite deducir el 15% sobre una base máxima de 20.000 euros.
Además, se suma un 15% adicional (hasta 4.000 euros) por la instalación de un punto de recarga en la vivienda habitual. Estas deducciones son compatibles con las ayudas del Plan MOVES III, según recuerdan desde Santa Lucía Asset Management.
Deducciones poco conocidas pero efectivas
Las donaciones a entidades sin ánimo de lucro también cuentan. Se puede deducir el 80% de los primeros 250 euros donados. A partir de esa cantidad, el exceso desgrava al 40%, siempre que la entidad receptora esté inscrita y se comunique correctamente a la Agencia Tributaria.
También existen deducciones por cuotas sindicales o de colegios profesionales si la colegiación es obligatoria para ejercer la actividad.
Por otro lado, quienes apuestan por proyectos innovadores pueden deducir el 50% de lo invertido en empresas de reciente creación, con un tope de 100.000 euros. Para beneficiarse deben mantener las participaciones durante al menos tres años.
Por último, cada comunidad autónoma ofrece deducciones específicas aplicables en función del territorio. Estas pueden cubrir desde gastos escolares y alquiler de vivienda habitual hasta rehabilitación de inmuebles en zonas rurales o contratación de asistencia doméstica. El Consejo General de Economistas recuerda que es imprescindible revisar los requisitos locales, disponer de las facturas correspondientes y realizar los pagos por medios bancarios trazables para garantizar su validez fiscal.
Todas estas decisiones, bien documentadas y ejecutadas antes del 31 de diciembre, pueden tener un impacto directo en la base imponible y la cuota final del IRPF. En algunos casos, la diferencia será apenas unos euros. En otros puede suponer varios cientos menos a pagar o más a devolver.