Pasar largas horas en la oficina genera vínculos inevitables. La convivencia diaria, la colaboración en proyectos y la confianza compartida hacen que muchas veces surja una relación sentimental con un compañero de trabajo.
Este tipo de romances no son extraños. De hecho, forman parte de la realidad de muchas empresas. Sin embargo, la pregunta clave es: ¿qué dice la ley sobre estas relaciones?
El caso de Nestlé, que destituyó a su consejero delegado Laurent Freixe tras descubrirse una relación sentimental con una compañera de trabajo subordinada, ha puesto el foco en los límites legales y empresariales de estas situaciones.
La ley no prohíbe la relación sentimental con un compañero de trabajo
No existe en España ninguna norma legal que prohíba una relación sentimental con un compañero de trabajo. Este vacío normativo está fundamentado en la protección de derechos fundamentales como la intimidad y la no discriminación.
Si una empresa intentara prohibir de manera expresa este tipo de vínculos, estaría vulnerando principios básicos recogidos en la Constitución y en el Estatuto de los Trabajadores. Por eso, la mayoría de expertos coinciden en que estas relaciones forman parte del ámbito privado y no pueden ser perseguidas legalmente.

Las estadísticas confirman que mantener una relación sentimental con un compañero de trabajo no es algo anecdótico. Un estudio recogido por Infobae señala que más del 30% de los trabajadores en España ha tenido alguna relación afectiva en el entorno laboral. Este dato refleja que los romances en la oficina son frecuentes y no pueden considerarse una excepción.
Aun así, las empresas no siempre reaccionan de la misma manera. Algunas lo aceptan sin mayor problema. Otras pueden intervenir si consideran que la relación interfiere en la organización.
¿Qué puede hacer la empresa ante una relación sentimental?
Aunque la ley no prohíbe mantener una relación sentimental con un compañero de trabajo, la dirección de una compañía sí tiene margen de actuación si percibe que el vínculo afecta al rendimiento o al clima laboral.
Las medidas más comunes son los cambios de puesto o de departamento, siempre que no supongan un perjuicio económico ni un empeoramiento sustancial de las condiciones laborales. En casos de cargos de alta dirección, algunas compañías establecen cláusulas internas que obligan a comunicar estas relaciones, especialmente si existen subordinaciones jerárquicas.
No obstante, este tipo de cláusulas suelen ser declaradas nulas por los tribunales al carecer de respaldo legal específico.
¿Puedo ser despedido por una relación sentimental en el trabajo?
La gran duda de muchos empleados es si una relación sentimental con un compañero de trabajo puede provocar un despido. Los expertos son claros: mantener una relación no es motivo de despido. El empresario está obligado a respetar el principio de igualdad y la no discriminación.

Solo cuando la conducta vinculada a la relación afecte a la buena fe contractual o al desempeño profesional, la empresa puede actuar.
Un ejemplo lo recoge una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que avaló el despido de una pareja que mantuvo relaciones sexuales dentro de la empresa y en horario laboral. En ese caso, no se sancionó la relación, sino la conducta inapropiada durante el trabajo.