¿Te quedaste en paro con más de 50? Así puedes seguir cotizando por tu cuenta para la pensión

El convenio especial con la Seguridad Social no es una ayuda pública, sino una opción discreta y eficaz que muchas personas desconocen

Elma Saiz - Política
Una fotografía de archivo de la ministra Elma Saiz.
Europa Press

En España, miles de personas mayores de 50 años se encuentran en una situación complicada. Después de perder su empleo, descubren que aún les quedan varios años para alcanzar la edad legal de jubilación y temen ver reducida su futura pensión por los periodos sin cotización. Lo que muchos desconocen es que existe una herramienta legal, útil y silenciosa, que permite seguir cotizando aunque no se tenga trabajo. Se llama convenio especial con la Seguridad Social. Y puede marcar la diferencia entre una pensión digna o una drásticamente reducida.

Qué es un convenio especial con la Seguridad Social

El convenio especial con la Seguridad Social es un acuerdo voluntario entre una persona y la Tesorería General de la Seguridad Social que permite seguir cotizando incluso cuando ya no se está trabajando. En la práctica, el ciudadano asume el papel del empleador: elige la base de cotización y paga mensualmente las cuotas correspondientes, con el fin de mantener los derechos asociados a la jubilación o mejorar la cuantía futura de la pensión.

Este mecanismo resulta especialmente relevante para quienes pierden su empleo a edades avanzadas —a menudo tras largas carreras laborales— y se enfrentan a la posibilidad de ver mermada su base reguladora. Con el convenio especial con la Seguridad Social, se pueden cubrir esos años hasta la jubilación y evitar que las llamadas “lagunas de cotización” reduzcan el cálculo final de la pensión.

Requisitos para suscribir el convenio

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El convenio especial con la Seguridad Social está pensado para personas que han dejado de estar dadas de alta en un régimen obligatorio de cotización, pero desean mantener su vínculo con el sistema. Para poder suscribirlo, deben cumplirse varios requisitos básicos:

  • No haber alcanzado la edad legal de jubilación.
  • Acreditar un mínimo de 1.080 días cotizados (tres años) dentro de los doce años anteriores al cese de la actividad laboral.
  • Solicitar el convenio en el plazo máximo de un año desde la baja en la Seguridad Social (si se hace dentro de los 90 días siguientes, los efectos son retroactivos desde el día siguiente al cese).
  • Residir legalmente en España y disponer de número de afiliación a la Seguridad Social.

El trámite se realiza presentando el modelo TA-0040, junto con el DNI y un justificante de la baja laboral, bien en la sede electrónica de la Seguridad Social o de forma presencial en las oficinas de la Tesorería General.

Tipos de convenio especial

No existe un único modelo de convenio especial con la Seguridad Social, sino varias modalidades adaptadas a distintas circunstancias. Las más comunes son:

  • Convenio ordinario. Es el más habitual. Permite a cualquier persona que haya dejado de cotizar continuar haciéndolo por su cuenta.
  • Convenio para perceptores del subsidio de mayores de 52 años. En este caso, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se encarga de ingresar las cotizaciones mientras el beneficiario recibe la ayuda.
  • Convenio para cuidadores no profesionales de personas dependientes. Permite que quienes se dedican al cuidado familiar también coticen, con las cuotas a cargo del Estado.
  • Convenio para emigrantes retornados o hijos de emigrantes. Facilita la recuperación de cotizaciones tras regresar a España.

Cada uno de estos convenios mantiene una lógica común: proteger los años de cotización necesarios para acceder a la pensión contributiva o mejorar la base reguladora que determinará la cuantía mensual al jubilarse.

Cuánto cuesta un convenio especial con la Seguridad Social

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La vicepresidenta Primera y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en una visita al SEPE en 2022.
EFE

El precio del convenio especial con la Seguridad Social depende de la base de cotización elegida. El ciudadano puede optar entre:

  • La base máxima por la que cotizó en los últimos cinco años (si lo hizo al menos 24 meses).
  • La media de las bases de los últimos doce meses trabajados.
  • La base mínima vigente.
  • Cualquier base intermedia entre ambas.

Sobre la base seleccionada se aplica el tipo de cotización por contingencias comunes (28,30 %), más el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que en 2025 supone un 0,8 % adicional. El resultado se multiplica por un coeficiente del 0,94, dando lugar a la cuota final.

Por ejemplo, si una persona de 55 años elige una base de cotización de 2.000 €, la cuota mensual aproximada sería:

2.000 € × [(28,3 % + 0,8 %) × 0,94] = 550,80 € al mes.

Es decir, pagaría unos 550 euros mensuales para seguir cotizando como si estuviera empleada con una base de 2.000 €. Si optara por la base mínima (1.323 € en 2025), el coste bajaría a unos 365 euros mensuales.

Cómo afecta a la futura pensión

La ventaja del convenio especial con la Seguridad Social es que las cuotas abonadas cuentan como si se estuviese trabajando a efectos del cálculo de la jubilación. Es decir, esos años no quedan “en blanco” en el historial laboral. Esto impide que las lagunas reduzcan la base reguladora y, por tanto, la cuantía de la pensión.

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Una oficina del Servicio de Empleo Público Estatal o SEPE.
EFE

Si un trabajador de 55 años con 35 años cotizados suscribe el convenio durante los diez años restantes hasta su jubilación, habrá acumulado 45 años de cotización total. En la práctica, eso podría suponer una pensión entre un 15 % y un 20 % más alta que si hubiera dejado de cotizar.

Por el contrario, quienes no mantienen la cotización suelen ver su base reguladora afectada negativamente. A fin de cuentas, los años sin ingresos se computan con la base mínima o con valor cero. Lo que puede recortar cientos de euros al mes de la pensión definitiva.

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