Caso Begoña Gómez

“La causa fundamental”: Peinado pone a Sánchez en el centro del caso de su mujer

Los jueces consultados por Artículo14 interpretan que la maniobra del juez Peinado es “inusual” pero “jurídicamente correcta”. Un jurado popular “hace que el impacto mediático sea mayor”

Lo ha vuelto hacer. El juez Juan Carlos Peinado ha dado otro giro en la investigación a la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez. En concreto, ha transformado a procedimiento de juicio con jurado la pieza principal que la investiga junto a Cristina Álvarez y Juan Carlos Barrabés por tráfico de influencias, corrupción en los negocios, intrusismo profesional y apropiación indebida.

El juez insiste en volver a invitar a Begoña Gómez a los juzgados de Plaza Castilla. El objetivo es comunicarle este cambio presencialmente el próximo lunes a las cinco y media de la tarde, después del plantón del sábado pasado cuando solicitó el mismo trámite para la pieza separada que tiene abierta por malversación.

El presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez y su mujer, Begoña Gómez durante la cena oficial a los participantes en la IV Conferencia Internacional para el Desarrollo de Sevilla.
EFE/ JuanJo Martín POOL

En aquella ocasión, los abogados de la mujer de Pedro Sánchez explicaron que la ley del jurado no obliga a acudir a los investigados para esta gestión por la circular 4/1995 de la Fiscalía General del Estado que manifiesta que “la presencia del investigado constituye un derecho, pero no una obligación”. Algo que, según fuentes de su entorno, despertó el enfado del magistrado.

Así las cosas, los tres investigados o, probablemente, sus abogados, acudirán el próximo lunes de nuevo durante una guardia de Peinado para que les informe de que, si hay finalmente juicio oral contra ellos, será a través de un tribunal de nueve ciudadanos anónimos ajenos al derecho.

Begoña Gómez y Esther Álvarez siguiendo la investidura de Pedro Sánchez en el Congreso
Efe

El movimiento ha despertado el asombro entre las partes del caso, que sospechan que “esto ya lo tenía planeado” y que consideran que la “instrucción era mucho más fácil de lo que está haciendo”. Además, algunas voces del caso lamentan que “todo se esté convirtiendo en un Sálvame Deluxe”.

Con este movimiento, el magistrado busca desdecirse de las acusaciones de lawfare que han vertido sobre él desde el inicio de la instrucción voces del Gobierno, según algunas fuentes jurídicas. ”Es una manera de dar un paso al lado y dejar al pueblo soberano que valore si es culpable o no”.

La maniobra es poco habitual, según corroboran las fuentes consultadas. “En la práctica judicial, cuando hay acumulado algún delito que no es del jurado, ya no se lleva el caso por la Ley del Jurado”, afirman. Si bien, la ley lo permite por el principio de conexidad.

En el Supremo lo explican así : “Si hay un delito que debe conocerse con jurado y otros que no, deben ir separados. Pero si hay riesgo de que las decisiones sean contradictorias, deben ir todos al jurado”.

El tráfico de influencias, clave

Y en eso precisamente se ampara Peinado. La conexión de todos los delitos es para él Pedro Sánchez porque “el origen de los hechos delictivos” que motivaron a las “acciones llevadas a cabo por Begoña Gómez deriva de su relación de parentesco con el actual Presidente del Gobierno”, según argumenta.

A partir de la “influencia” de la que se beneficio supuestamente Gómez por ser mujer de Sánchez, Peinado entiende que derivan el resto de delitos. “Pues sin ese vínculo con el actual Presidente del Gobierno difícilmente, podría, ella, y los otros dos investigados, poner en práctica las conductas que, posteriormente, han sido, ya consideradas, indiciariamente, como constitutivas de delito”, asevera Peinado.

El juez sospecha que Gómez favoreció unas adjudicaciones públicas para su amigo y compañero de máster Juan Carlos Barrabés. Por este hecho le imputa además corrupción en los negocios. Además, cree que Gómez intentó registrar a su nombre una herramienta didáctica valorada en 150.000 euros de manera irregular cuando era propiedad del centro docente público y que se hizo con un puesto que debía ocupar alguien más formado, de ahí el intrusismo profesional.