Hoy martes, el Consejo de Ministros tiene previsto aprobar el Real Decreto-ley que regula el traslado y la reubicación de menores migrantes no acompañados desde Canarias, Ceuta y Melilla hacia la península. La norma activa por primera vez un mecanismo de reparto obligatorio entre comunidades autónomas, que deberán acoger y tutelar a parte de estos niños y niñas.
El sistema de distribución se aplicará con criterios objetivos. El primero es la densidad de población, bajo la lógica de que los territorios más habitados pueden absorber un mayor número de plazas. El segundo, la renta per cápita, que mide la capacidad económica de cada comunidad para sostener programas de protección. El tercero, la tasa de paro, un indicador que pretende equilibrar la carga evitando sobrecargar a las regiones con mayor desempleo. El cuarto criterio es el esfuerzo previo de acogida, es decir, el número de menores que cada territorio ya tiene bajo tutela en su red de protección. Con esta fórmula, el Gobierno busca una distribución proporcional y solidaria, que impida que las islas y las ciudades autónomas sigan asumiendo en solitario el grueso de las llegadas.
En la práctica, la aplicación de estos criterios ya tiene una primera fotografía. Según los cálculos del Gobierno en julio, Andalucía sería destino de 677 menores, la Comunidad de Madrid recibiría 650 y la Comunidad Valenciana acogería 570. Son las tres autonomías que, por peso demográfico y capacidad económica, concentran el mayor número de derivaciones.
El plan contempla también traslados de menor escala. En el caso de Melilla, por ejemplo, se preveía enviar a 50 menores a Baleares, aunque la comunidad balear pidió suspender esa derivación ante el aumento de pateras en sus costas. Esta variación refleja el carácter flexible del sistema: aunque las plazas se asignen en función de criterios objetivos, los cambios en las rutas migratorias y la presión sobre los centros obligan a ajustar los movimientos.
Una vez ejecutado el traslado, la comunidad autónoma de destino asume de inmediato la tutela y custodia del menor. Esto implica integrarlo en su sistema de protección y garantizarle una atención integral que abarque educación, sanidad, alojamiento y acompañamiento social.
El decreto subraya que no se trata solo de cubrir necesidades básicas, sino de adaptar los recursos a los perfiles más vulnerables. Así, las autonomías receptoras deberán habilitar itinerarios específicos para adolescentes próximos a la mayoría de edad, programas de apoyo a la emancipación y dispositivos especializados para víctimas de trata, menores con discapacidad o con problemas de salud física y mental.
El traslado debe ejecutarse en un plazo máximo de 15 días naturales desde la inscripción en el Registro estatal, y la comunidad de origen está obligada a coordinarse con la de destino para que la información sobre cada menor viaje con él. Una vez recibido, la comunidad receptora debe comunicar al Ministerio de Juventud e Infancia la incorporación efectiva del menor a su red de acogida, lo que permite al Estado realizar el seguimiento de la contingencia.
Con este marco, el Gobierno pretende que los traslados no sean un simple movimiento geográfico, sino que estén acompañados de tutela efectiva y recursos adecuados para la protección de la infancia.
La norma, de obligado cumplimiento, fija además el procedimiento de activación. Para que el reparto pueda ponerse en marcha, debe declararse previamente la contingencia migratoria extraordinaria. Esa declaración corresponde a la Presidencia de la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia, que en este caso ejerce la ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, encargada de coordinar con las comunidades autónomas las decisiones en materia de protección de la infancia. La comunidad afectada debe acreditar la saturación de sus centros y detallar el número máximo de menores bajo tutela.
Una vez declarada la contingencia, se abre el procedimiento de reubicación. El menor es inscrito en el Registro estatal y, de manera simultánea, la Subdelegación del Gobierno de la provincia formula una propuesta de traslado. Esa propuesta se eleva a la Delegación del Gobierno de la comunidad autónoma, que dicta la resolución definitiva. El proceso incluye siempre la intervención del Ministerio Fiscal y el derecho del menor a ser escuchado si su grado de madurez lo permite. El traslado debe realizarse en un plazo máximo de quince días desde la inscripción.
La aprobación del decreto llega en un clima de tensión política. Varias comunidades gobernadas por el Partido Popular han expresado su rechazo a la redistribución obligatoria, alegando falta de recursos o cuestionando que el Estado imponga cupos sin consenso previo. El debate no es nuevo: hace un año el PP votó en contra de reformar el artículo 35 de la Ley de Extranjería, que ahora sirve de base legal al reparto.
Pese a la oposición, el Ejecutivo sostiene que el mecanismo es imprescindible para garantizar el interés superior de los menores y aliviar a Canarias, Ceuta y Melilla, territorios que llevan meses denunciando la saturación de sus centros. Según la previsión de julio, la mayoría de los traslados recaerán en comunidades de gran tamaño y peso económico —Andalucía, Madrid y la Comunidad Valenciana—, lo que ha reforzado el discurso crítico de los gobiernos autonómicos populares, que consideran que el plan traslada a la península un problema que debería resolverse con más apoyo estatal en origen.
Al mismo tiempo, comunidades como Baleares han solicitado ajustes puntuales en el reparto, advirtiendo de que ellas mismas han comenzado a recibir un número creciente de embarcaciones desde Argelia. Esta circunstancia refleja también el cambio en las rutas migratorias, que ha convertido al archipiélago balear en la segunda puerta de entrada por mar al Estado, solo por detrás de Canarias.
Ante estas resistencias, fuentes del Ministerio de Juventud e Infancia señalan a Artículo14 que el Gobierno “no trabaja con otro escenario que no sea el de la colaboración de todas las administraciones, como no puede ser de otra forma para el cumplimiento de la ley”. Recuerdan además que las comunidades gobernadas por el PP “no acudieron a la última convocatoria de la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia, que es el espacio habilitado para trabajar”. En cuanto a la logística, insisten en que la organización de los traslados está recogida en el protocolo del decreto, con plazos y procedimientos claros para cada administración.
Si una comunidad autónoma se niega a recibir a los menores que le correspondan, el decreto establece un protocolo específico para que la negativa no frene el procedimiento. En ese caso, los profesionales encargados del traslado pueden requerir la intervención de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que tienen la obligación de comunicar la situación al Ministerio Fiscal y, a su vez, garantizar que el menor quede bajo la tutela de la entidad pública de protección de la comunidad de destino. De esta manera, se asegura que el reparto se cumpla en cualquier circunstancia, evitando bloqueos institucionales y preservando la continuidad del proceso.
El papel de la Fiscalía es doble: por un lado, supervisa de oficio que el procedimiento respete el interés superior del menor, y por otro, interviene de manera inmediata en caso de que se produzca una negativa de acogida o si el propio menor muestra oposición al traslado. Con ello, se dota al sistema de una garantía jurídica que obliga a las administraciones autonómicas a cumplir los acuerdos de la Conferencia Sectorial y refuerza la protección de los derechos de la infancia. Así, la Fiscalía actúa como garante legal y las fuerzas de seguridad como soporte operativo, cerrando cualquier resquicio a la inacción o al incumplimiento por parte de las comunidades.
La aprobación del decreto abre así una semana clave para la política migratoria española. Por primera vez, la infancia migrante se sitúa en el centro de una decisión de Estado que obliga a todas las comunidades a compartir la tutela de miles de niños y niñas llegados solos a las fronteras. El éxito o el fracaso de este mecanismo dependerá de la capacidad de coordinación entre administraciones y de la disposición de las autonomías a asumir su parte en la acogida.
Para los menores afectados, el calendario marcado en el decreto significa que en cuestión de días comenzarán a ser trasladados desde los centros saturados de Canarias, Ceuta y Melilla hacia recursos en la península. Allí deberían encontrar un entorno más estable para crecer, escolarizarse y recibir atención especializada. El reto es que esa promesa no se quede en el papel y que el reparto obligatorio se traduzca en protección efectiva y oportunidades reales para quienes cruzaron el mar sin compañía en busca de un futuro en Europa.