Que una denuncia por agresión sexual llegue a juicio sigue siendo una excepción. Por eso, el avance del caso de Elisa Mouliaá fue leído como un gesto poco habitual del sistema judicial. Frente al escepticismo inicial, el auto del juez reconocía que el tiempo transcurrido no borra necesariamente los hechos y que, incluso sin pruebas biológicas, una investigación cuidadosa puede articular un conjunto de indicios capaz de sostener una acusación.
Sin embargo, pese a que el juez Adolfo Carretero considera que existen indicios de delito suficientes para continuar el procedimiento, la Fiscalía ha optado por no formular acusación al entender que Errejón no era consciente de que la relación no era consentida. Esta tesis —que desplaza el foco desde los hechos hacia la supuesta percepción del agresor— ha generado una profunda inquietud, no solo por sus efectos procesales, sino por lo que implica que sea el propio Ministerio Fiscal quien la sostenga en un caso de violencia sexual.

“Exiges a las mujeres un gesto heroico para luego decepcionarlas”
Esa preocupación es compartida por juristas y expertas que han cuestionado la actitud de la Fiscalía en este caso, entre ellas la magistrada Victoria Rosell. En el contexto de la conversación pública abierta por los recientes casos de acoso conocidos en el ámbito político, Rosell subraya que a las mujeres se les sigue exigiendo “un gesto heroico” para denunciar una violencia sexual, especialmente cuando el agresor tiene poder. El problema, sostiene, es lo que ocurre después: cuando ese esfuerzo no encuentra una respuesta institucional a la altura y las instituciones optan por el silencio o la inacción. “Si exiges a las mujeres un gesto heroico para luego decepcionarlas”, afirma, “no hemos avanzado nada”.
Rosell recuerda además que el propio proceso ya ha tenido efectos disuasorios para otras posibles denunciantes. En este sentido, alude al impacto que tuvo la difusión del interrogatorio judicial practicado por el juez Adolfo Carretero a Mouliaá, cuyas imágenes circularon ampliamente y generaron un clima de escrutinio que, a su juicio, funciona como advertencia para otras mujeres. En ese contexto, advierte, decisiones como la retirada de la acusación pública refuerzan un mensaje profundamente desalentador: “que no nos vuelvan a decir que denunciemos”, insiste.
El funcionamiento interno de la Fiscalía: la dación de cuenta y los visados
Más allá del impacto simbólico, Rosell pone el acento en el papel que corresponde a la Fiscalía como garante del interés público en los delitos de violencia sexual. En este tipo de casos, recuerda, el Ministerio Fiscal no actúa como una parte más, sino como la institución encargada de sostener la acusación en nombre del Estado y de asegurar que la carga del proceso no recaiga exclusivamente sobre la víctima. Por eso, decisiones de este calibre suelen estar sometidas a mecanismos internos de supervisión y dación de cuentas, especialmente cuando se trata de asuntos de especial relevancia.

Desde esta perspectiva, la retirada de la acusación pública no solo tiene consecuencias procesales, sino que abre interrogantes sobre el funcionamiento interno de la Fiscalía y sobre si se han activado todas las garantías previstas para este tipo de decisiones. El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal establece un sistema jerárquico basado en la dación de cuenta y los visados, mediante el cual los fiscales deben informar a sus superiores de actuaciones relevantes o especialmente sensibles, permitiendo una supervisión interna y una fijación de criterio común.
Un mecanismo pensado para reforzar las garantías
En la práctica, esto implica que decisiones con un alto impacto jurídico y mediático —como no acusar en un caso de violencia sexual en el que un juez aprecia indicios de delito— pueden ser elevadas a instancias superiores, como la Fiscalía de Sala especializada en violencia sobre la mujer o incluso a la cúpula del Ministerio Fiscal. Se trata de un mecanismo pensado para reforzar las garantías, evitar decisiones aisladas y asegurar que el Estado actúa con la diligencia reforzada que estos delitos exigen.
¿Qué respaldo real ofrece a quienes se plantean denunciar una violencia sexual?
En un caso tan mediático como el de Elisa Mouliaá, algunas voces se preguntan si la decisión adoptada por la Fiscalía de Madrid fue efectivamente puesta en conocimiento de esos niveles superiores o si se adoptó sin agotar la cadena de supervisión interna. Una decisión que no cuestiona la legalidad formal de la actuación, pero que sí interpela a la responsabilidad institucional de la Fiscalía en su papel central en la lucha contra la violencia sexual.
En última instancia, el caso plantea una pregunta incómoda pero inevitable: si el propio Estado se retira cuando una mujer logra llevar su denuncia hasta el umbral del juicio, ¿qué respaldo real ofrece a quienes se plantean denunciar una violencia sexual? La respuesta no afecta solo a Elisa Mouliaá, sino a la credibilidad del sistema en su conjunto, y a la capacidad de las instituciones para garantizar derechos, no gestos heroicos, a las mujeres que deciden denunciar.
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