Una orden de alejamiento que se estableció hace más de veinte años ha sido suficiente para reconocer a una mujer como víctima de violencia de género. Ha ocurrido en Baleares donde la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares (TSJIB) ha otorgado una pensión de viudedad a una mujer cuyo supuesto maltratador fue absuelto por ese delito hace más de veinte años.
Una medida de protección de hace veinte años
Según adelanta el periódico Última Hora, el tribunal ha tomado esta decisión, a pesar de que no existía condena penal alguna contra el supuesto maltratador. El TSJIB considera suficiente para reconocer a una mujer víctima de violencia machista la existencia de lo que consideran un indicio claro: hace más de dos décadas, antes incluso de que viese la luz la Ley Integral contra la Violencia de Género, un juzgado de Inca acordó una orden de alejamiento cuando la mujer acudió a denunciar.

Todo surge porque la Seguridad Social había denegado el pago de una pensión de viudedad a la mujer. La historia es la siguiente. Su exmarido falleció en el año 2019 cuando llevaban más de dieciséis años divorciados. El matrimonio había durado doce años y tuvieron una hija en común. La administración entendía que no cumplía con los requisitos para cobrar la pensión. Sin embargo, la demandante argumentó que sí tenía derecho por tratarse de una víctima de violencia de género.
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