Durante décadas, el deporte profesional ha sido territorio hostil para las mujeres. En especial, cuando entraban en juego factores como el embarazo, la lactancia o la conciliación familiar. Hoy, en 2025, los derechos de las mujeres deportistas han avanzado notablemente. Sin embargo, todavía existen zonas grises y muchas realidades que no se reflejan en los titulares de los convenios colectivos ni en las normativas nacionales.
En este artículo desglosamos qué derechos tienen hoy las mujeres deportistas en España. Lo hacemos desde el plano laboral hasta el sanitario, pasando por los convenios, las normas internacionales y la práctica cotidiana en clubes y federaciones. Porque hablar de los derechos de las mujeres deportistas no es solo una cuestión jurídica, sino también de justicia social y de igualdad real en la élite del rendimiento.
Embarazo y maternidad: avances legales frente a la discriminación
Uno de los grandes retos para garantizar los derechos de las mujeres deportistas ha sido el embarazo. Hasta hace apenas unos años, muchas atletas temían comunicar su maternidad por riesgo de ser apartadas del equipo, perder patrocinios o incluso ser despedidas.
Hoy, gracias al nuevo marco legal español, el embarazo ya no puede ser motivo de rescisión contractual. La Ley del Deporte 39/2022, en vigor desde enero de 2023, considera nulas de pleno derecho todas aquellas cláusulas que penalicen a una deportista profesional por quedarse embarazada. Además, obliga a los clubes y federaciones a garantizar que puedan reincorporarse tras la baja de maternidad.

Este paso adelante ha sido clave para proteger los derechos de las mujeres deportistas. En particular, en el fútbol y el baloncesto, donde los convenios colectivos más recientes han introducido garantías adicionales. Desde la renovación automática del contrato por un año tras el embarazo hasta la obligación de facilitar el regreso progresivo al entrenamiento.
Sin embargo, este reconocimiento legal no está exento de desafíos. La mayoría de deportistas en España no cuentan con contratos profesionales. Y muchas están fuera del paraguas de estas normas. Los derechos de las mujeres deportistas siguen dependiendo en gran parte del deporte que practiquen y del tipo de vínculo laboral que mantengan.
Lactancia y conciliación: un nuevo frente en los clubes
Aunque la baja por maternidad ha sido un frente visible, otros derechos como la lactancia y la conciliación familiar se han ganado a pulso en los márgenes. El Estatuto de los Trabajadores reconoce pausas retribuidas para la lactancia durante el primer año del bebé. Así como la posibilidad de reducir la jornada laboral. Ahora bien, llevar esto a la realidad diaria de una deportista de élite no es tan sencillo.
Aquí es donde los convenios colectivos más avanzados han comenzado a marcar la diferencia. El nuevo acuerdo de la Liga F, firmado en enero de 2025, establece que los clubes deben habilitar salas de lactancia y ofrecer guarderías durante entrenamientos y partidos para las jugadoras que lo necesiten. Esta medida, pionera en Europa, sitúa a España como referente en el reconocimiento de los derechos de las mujeres deportistas.
No obstante, esta realidad no es homogénea. En la mayoría de disciplinas fuera del fútbol profesional, los derechos de las mujeres deportistas en materia de conciliación apenas están regulados. Las deportistas que son madres suelen contar solo con el apoyo informal de entrenadores o familiares. Sin respaldo contractual ni protección institucional.
Igualdad retributiva: la gran asignatura pendiente
Cuando se habla de los derechos de las mujeres deportistas, la igualdad salarial suele ser la piedra angular del debate. Y, en 2025, esa igualdad sigue siendo más promesa que realidad. Aunque algunos convenios han establecido mínimos salariales —como el del fútbol femenino, que garantiza 22.500 euros brutos al año—, la brecha respecto al deporte masculino sigue siendo abismal.

Los datos lo confirman. En el fútbol masculino, muchos jugadores cobran más en una semana que una jugadora en toda la temporada. Esta desigualdad también se refleja en las primas, los derechos de imagen y las coberturas médicas. El reconocimiento de los derechos de las mujeres deportistas debe pasar necesariamente por una revisión profunda del modelo económico del deporte femenino.
El problema no es solo económico. También es estructural. Muchas mujeres deportistas son contratadas por una temporada, sin posibilidad de planificar su maternidad ni acceder a bajas de larga duración. Otras compaginan la práctica deportiva con trabajos precarios o estudios, sin seguridad social ni planes de jubilación. La precariedad es todavía una compañera habitual en la carrera de muchas atletas.
Protección internacional: FIFA y los nuevos estándares de igualdad
A nivel internacional, también se han producido avances significativos. La FIFA, por ejemplo, ha introducido desde 2021 un reglamento específico sobre la protección de las futbolistas embarazadas. Establece un mínimo de 14 semanas de baja por maternidad, con al menos dos tercios del salario garantizado, y prohíbe expresamente el despido por embarazo.
En mayo de 2024, la FIFA dio un paso más al extender estos derechos a entrenadoras, madres no biológicas y situaciones de adopción. Además, permite inscripciones fuera de las ventanas de fichajes si la jugadora está de baja maternal y garantiza la continuidad del contrato durante ese periodo. Estas normas han supuesto una auténtica revolución en los derechos de las mujeres deportistas a nivel global.
Casos como el de Sara Björk Gunnarsdóttir, que ganó un juicio contra el Olympique de Lyon por no pagarle durante su embarazo, han puesto sobre la mesa la necesidad de seguir reforzando el marco normativo. Cada victoria judicial representa un precedente clave para avanzar en el reconocimiento de los derechos de las mujeres deportistas en todo el mundo.
Salud física y mental: la cara oculta del rendimiento
El ejercicio durante el embarazo, el posparto y la recuperación física son todavía campos poco explorados en el deporte profesional. Aunque las guías médicas recomiendan el mantenimiento de una actividad física adaptada durante la gestación, muchas deportistas carecen de protocolos de seguimiento y acompañamiento tras ser madres.
Desde el punto de vista legal, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales protege a las deportistas frente a actividades que puedan afectar su embarazo. Y obliga a las entidades a ofrecer un puesto adaptado si existen riesgos. Si esto no es posible, deben tramitar una baja por riesgo con el 100 % del salario.
Pero más allá del plano físico, la salud mental sigue siendo un tabú. La presión por rendir, la culpa por “fallar al equipo” y el miedo a no recuperar el nivel son emociones recurrentes. Hoy, los derechos de las mujeres deportistas también pasan por políticas de acompañamiento psicológico antes, durante y después del embarazo. Y aunque algunas federaciones están comenzando a implantar servicios de salud mental, la mayoría de clubes aún no lo contempla.
¿Y en los deportes sin convenio colectivo?

Una de las grandes brechas en los derechos de las mujeres deportistas es la inexistencia de convenios en muchas disciplinas. Atletismo, natación, gimnasia, ciclismo o deportes de montaña siguen funcionando sin marcos laborales específicos. En estos casos, las atletas dependen de becas públicas, patrocinios privados o ayudas de los planes autonómicos.
Sin una relación laboral formal, estas deportistas quedan fuera de los derechos garantizados por el Estatuto de los Trabajadores. No pueden acogerse a una baja de maternidad remunerada, ni reclamar la reserva de su puesto, ni exigir salas de lactancia. Los derechos de las mujeres deportistas, en este caso, se convierten en privilegios de unas pocas que logran contratos profesionales.
Esto también ocurre con las deportistas de alto nivel incluidas en el Plan ADO. Muchas de ellas denuncian que, al quedar embarazadas, pierden las ayudas del programa y deben costear su preparación por cuenta propia. En estos casos, la maternidad se convierte en una penalización implícita, más que en un derecho protegido.