Si eres pensionista, es posible que no conozcas el complemento para la reducción de la brecha de género en las pensiones contributivas. Vigente desde el año 2021, es una medida de la Seguridad Social a modo de compensación por el perjuicio que la maternidad ha podido causar en la cotización.
Además de en la cuantía de la pensión, claro está. Esta medida reemplaza al complemento por maternidad preexistente, desde una elaboración más equitativa. Así, trata de enmendar parcialmente la desigualdad estructural en la vida laboral de las madres, debido al cuidado de sus hijos.
Los requisitos del complemento para reducir la brecha de género

Hay que tener tres factores en cuenta a la hora de reclamar este nuevo complemento. Estos son el tipo de pensión, la fecha en la que se ha accedido a la misma y la acreditación de la descendencia (es decir, el número de hijos y/o hijas).
En primer lugar, el complemento se puede reclamar para las pensiones contributivas de jubilación (ordinaria, parcial o anticipada voluntaria), incapacidad permanente y viudedad.
Asimismo, el acceso a cualquiera de las pensiones debe haberse dado a partir del 4 de febrero de 2021. Si ya se percibía el anterior complemento por maternidad, tu pensión se sigue ajustando al derecho de esta normativa previa.
A diferencia de esta normativa anterior, ya no es un requisito tener dos o más hijos biológicos o adoptivos. Desde el primer hijo o hija, cada uno de ellos dará reconocimiento de un complemento, limitando la cuantía máxima a cuatro veces el importe mensual fijado.
Es importante recalcar que el complemento solo se concede a uno de los dos progenitores por cada hijo, en función de quién haya visto más afectada su carrera profesional por la crianza.
En el caso de la mujer, se presume el perjuicio, y se reconoce automáticamente al acceder a la pensión contributiva, siempre que cumpla los requisitos de pensión y fecha.
¿Cómo se calcula y cuánto dinero supone al mes?

El complemento para reducir la brecha de género establece una cuantía fija por hijo o hija. Esta se actualiza cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPGE).
El ajuste se leva a cabo conforme al IPC, el Índice de Precios al Consumo, junto con un aumento adicional fijado desde 2023. Este año, el importe fijado es de 35,90 euros mensuales por cada descendiente, que se abona en 14 pagas anuales.
Es importante saber que este complemento no se tiene en cuenta ni para el límite máximo de pensiones contributivas, ni para determinar si la pensión es inferior a la mínima. Es decir, que su cuantía no se ve reducida por otros topes legales.
Como ejemplo, supongamos que una madre causa pensión contributiva en 2025, con unos 1.200 euros de base mensual. Si dispone de un hijo (35,90 euros), se llevaría 1.235,90 euros al mes de pensión total (1.200 base + 35,90 euros de complemento). Si fueran dos hijos, serían 1.271,80 euros mensuales (1.200 base + 71,80 euros de complemento), y así sucesivamente.
Recuerda que puedes solicitar el complemento para reducir la brecha de género en el trámite en línea de la Seguridad Social, o bien acudiendo a cualquiera de sus centros en todo el país.
En los dos casos, necesitarás tu DNI y el libro de familia (o certificado de nacimiento).