La reducción de jornada por guarda legal, o cuidado de un hijo, es un derecho fundamental que recoge el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores. Este derecho ayuda a la conciliación familiar y laboral con menores de 12 a cargo del trabajador o trabajadora.
No obstante, mucha gente teme un impacto directo más allá de su salario, sino en su cotización. Afortunadamente, esta normativa permite unos mecanismos para evitar penalizaciones graves en términos de prestaciones a futuro. Conoce todos los detalles al respecto en nuestra guía.
Reducción de jornada por cuidado de un hijo: la clave de la proporcionalidad

Un empleado puede reducir su jornada diaria entre un mínimo de una octava parte y un máximo de la mitad de la misma y su horario habitual. Además, salvo que el convenio o el empleador lo permita, no se pueden acumular esas horas reducidas para librar días completos.
Esta reducción va acompañada, por ley, de una disminución proporcional del salario. Por ejemplo, si reduces tu jornada a la mitad de tiempo, cobrarás la mitad de tu salario. Eso sí, la reducción se aplica sólo a tu salario como tal, no a tus conceptos indemnizatorios (como el plus por transporte).
Además, hay que tener claro que el trabajador es quien decide el horario concreto y el porcentaje de reducción. La empresa sólo puede oponerse a la decisión por razones de producción u organización debidamente justificadas. En caso de un conflicto, el Juzgado de lo Social será quien decida.
Para tenerlo más claro, a continuación te mostramos una tabla con un ejemplo de una persona que cobra 2.000 euros brutos mensuales, trabaja 40 horas semanales y solicita una reducción de jornada del 30%.
| Concepto salarial | Antes de la reducción (100% jornada 40h) | Después de la reducción (70% jornada) | Variación |
| Sueldo bruto mensual | 2.000,00 € | 1.400,00 € (Red. 30%) | – 600,00 € |
| Cuota IRPF (estimada) | 280,00 € | 196,00 € | – 84,00 € |
| Cuota S. Social trabajador (estimada) | 134,00 € | 93,80 € | – 40,20 € |
| Sueldo neto mensual (aprox.) | 1.586,00 € | 1.110,20 € | – 475,80 € |
Qué sucede con la cotización y cuáles son sus limitaciones

Aunque la reducción de jornada por cuidado de un hijo afecta al salario, existe una protección de la cotización al 100% (o incrementada).
Gracias a esta protección, las bases de cotización de la trabajadora o el trabajador computen como si hubiera mantenido su jornada completa. Como si no hubiera existido una reducción.
Esta cotización incrementada se mantiene durante los tres años siguientes al comienzo de la reducción de jornada. Cualquier pensión futura (jubilación, incapacidad permanente, etc.) se mantendrá al 100% de la base correspondiente de cotización durante ese periodo.
A partir de ese momento, la cuantía final de las mencionadas pensiones pasa a ser la reducida. A excepción, eso sí, de que se trate de una reducción para cuidar a menores con cáncer u otra enfermedad grave.
En caso de acceso a la prestación por desempleo, no existe limitación alguna de tiempo. Por lo tanto, la cantidad que le corresponda a una persona de paro será la misma a la determinada si hubiera estado trabajando a jornada completa. Pasen los años que pasen desde el inicio de la reducción hasta la pérdida del empleo.
Por tanto, esta reducción de jornada ve una protección sólida en caso de desempleo y se mantiene firme durante los primeros tres años del cuidado de cara a posibles pensiones, con ciertas excepciones.


