El auge del teletrabajo ha llevado a muchos nómadas digitales a aterrizar en el extranjero, buscando un estilo de vida que combina lo paradisíaco con lo laboral. Muchas personas no saben que esta decisión, más allá de los beneficios aparentes, también enfrenta una complejidad legal y fiscal.
Por ello, es importante conocerlos en profundidad, para evitar problemas. Principalmente, a través del ejemplo de uno de los destinos más deseados por los expatriados: Bali, Indonesia.
Las principales implicaciones fiscales en el teletrabajo en el extranjero

Muchos nómadas digitales o digital nomads asumen que cualquier visado es válido para realizar una actividad laboral remunerada en un país extranjero. Aunque se realice una actividad relacionada con un negocio en el país de origen, en la mayoría de destinos, no utilizar el visado correcto puede ser una infracción grave.
Es el caso de Indonesia, pues aunque esta tiene facilidades para los trabajadores remotos, dispone de diversos visados. Como la Visa 211A, un visado de negocios común que se extiende desde los 60 hasta un máximo de 180 días.
O la E33G, que regula específicamente la residencia temporal por teletrabajo. Está sujeta a un ingreso anual mínimo y unas cantidades mínimas en las cuentas personales de bancos. Su vigencia es de un año, prorrogable a más.
Por otra parte, con la ciudadanía española, se considera residente fiscal en el país si durante un año natural, permaneces aquí más de 183 días. Dependiendo del caso, se puede superar ese período viviendo en el extranjero, con los tributos y las retenciones del IRPF españoles pertinentes.
En caso de adquirir la residencia fiscal en Indonesia, tributarás por tus rentas en Indonesia (salvo aquellas que poseas en España, claro). Es obligación de la empresa que te emplea informar a la Agencia Tributaria de los pagos que te hace, aunque ya no seas residente fiscal aquí.
Otras obligaciones a tener en cuenta

Algunas consideraciones notables de cara al teletrabajo en el extranjero son las relacionadas con la Seguridad Social. Hay países donde esta no se aplica o no existe ningún convenio, como sucede en el caso de Bali e Indonesia.
Dependiendo del destino, es posible que la empresa española deba darse de alta en el sistema local y cotizar localmente por ti como empleado. También existe el Convenio Especial de Emigrantes, pero probablemente no disfrutes de la cobertura completa del Régimen Genera de la Seguridad Social.
Por tanto, asegúrate de aclarar con tu empresa las cotizaciones y coberturas y prestaciones que necesitarás en el extranjero. Si no es posible inscribirte en la seguridad social de tu país de destino, o bien este es insuficiente, entonces deberás recurrir a un seguro privado.
En definitiva, es imperativo que tengas en cuenta los requisitos migratorios, de seguridad social y fiscales de tu destino, sea Bali o sea cualquier otro. En tu acuerdo, debes prestar atención a los costes que asumes tú y los que asume tu empleador.
Mientras cumplas con todos los requisitos legales, evitarás problemas como la doble imposición de tributos, posibles multas, la falta de coberturas o incluso la pérdida de la residencia legal.
No todo es tan bonito como parece en Bali, pero puedes hacer de tu estancia de teletrabajo allí más segura teniendo en cuenta todo esto.
