Finalmente, no hubo este sábado un quinto cara a cara entre Begoña Gómez y el juez que la investiga, Juan Carlos Peinado. El magistrado citó de manera “personal” a la mujer del presidente del Gobierno, a su asistente en Moncloa, Cristina Álvarez y al delegado del Ejecutivo en Madrid, Francisco Martín, para comunicarles que en caso de que se les juzgue será un jurado popular el que valore si han incurrido en un delito de malversación de caudales públicos. Los tres investigados delegaron esta tarea en sus respectivos abogados porque se ampararon en la circular 4/1995 de la Fiscalía General del Estado, en aclaración de la Ley del Tribunal del Jurado, que establece que “la presencia del imputado no es indispensable”.
Sin embargo, estas ausencias no impidieron que los trámites judiciales pertinentes del día se desarrollaran con normalidad. Por una parte, las defensas de los tres investigados y la Fiscalía, aseguró a la salida del juzgado el abogado de Gómez, Antonio Camacho, pidieron el archivo de la causa por no ser los hechos constitutivos de delito. Por su parte, las acusaciones populares solicitaron que se cite como testigo al jefe del Ejecutivo, Pedro Sánchez, y al ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños.
De esta manera, las defensas y el Ministerio Público sostienen que ninguno de los tres incurriera en un ilícito relativo a la malversación de fondos públicos. Cabe recordar que Gómez, Álvarez y Martín están siendo investigados por el instructor por su presunta implicación en la supuesta contratación irregular de la asesora de Moncloa y el consecuente uso de fondos públicos -el salario de su asesora- para que la esposa de Sánchez pudiera beneficiarse en su vida privada. Para investigar esta ramificación del caso, Peinado se basa en el intercambio de 121 correos entre la asistente y la Universidad Complutense de Madrid pidiendo financiación para la cátedra que codirigía Gómez; un asunto que nada tiene que ver con su papel como asesora de la esposa del jefe del Ejecutivo.
En este sentido, el fiscal del caso, José Manuel San Baldomero, indicó que Álvarez ha venido cumpliendo con las tareas que tenía oficialmente encomendadas como la persona “que asiste al cónyuge del presidente del Gobierno como personal de confianza”. Y que, aunque entre 2021 y 2024 “ha enviado y recibido correos electrónicos en nombre de Begoña Gómez”, eso no implica menoscabo de fondos públicos.
“No ha existido un detrimento o perjuicio de ningún tipo para el patrimonio público por el hecho de enviar los correos electrónicos a terceros en nombre o por cuenta de Begoña Gómez”, precisó el fiscal ante el juez instructor.

Su presencia “no es indispensable”
Gómez, Álvarez y el delegado del Gobierno en Madrid desoyeron la advertencia que les hizo el instructor, quien indicó que todos ellos tenían que estar presentes en sede judicial. La Ley del Tribunal del Jurado especifica que, para este trámite, los investigados deben ser citados y estar “necesariamente asistidos de letrado de su elección o, en caso de no designarlo, de letrado de oficio”.
Sin embargo, la Fiscalía señaló que en esa comparecencia no se practican diligencias de instrucción ni declaración alguna puesto que ahí solo se concreta la imputación. Es debido a ello por lo que esa presencia no se considera obligatoria como en otras fases del procedimiento; por ejemplo, en las declaraciones. Los investigados se ampararon en la circular 4/1995 de la Fiscalía General del Estado, en aclaración de la Ley del Tribunal del Jurado, que establece que “la presencia del imputado no es indispensable”.
Es más, fuentes presentes en la comparecencia aseguraron a Artículo14 que el magistrado “no ha dicho nada” sobre la presencia únicamente de los abogados. “El auto en el que ponía que tenían que acudir personalmente era un copia pega. Ha empezado de manera normal”, añadieron estas voces autorizadas.