Una de las principales preocupaciones de quienes reciben una herencia en España tiene que ver con las elevadas cargas fiscales que pueden llegar a aplicarse. Los llamados impuestos por recibir una herencia son motivo de consulta frecuente. Especialmente, ante el desconocimiento sobre las bonificaciones, exenciones o posibles vías legales para no tener que hacer frente a estas obligaciones tributarias. Ahora, un abogado especializado en la materia ha aclarado en redes sociales que, en ciertos casos, es posible no pagar nada.
David Jiménez, abogado experto en herencias, ha explicado que existe en nuestro país la figura de la prescripción fiscal. Una herramienta jurídica que podría eximir del pago del Impuesto de Sucesiones a quienes no hayan realizado ningún trámite en un plazo determinado. Esta revelación ha despertado el interés de muchos ciudadanos. A fin de cuentas, abre la puerta a no tener que abonar los impuestos por recibir una herencia si se cumplen determinadas condiciones.
¿Qué es el Impuesto de Sucesiones y cómo varía por comunidades?
Los impuestos por recibir una herencia se enmarcan en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Un tributo de carácter autonómico que grava la transmisión de bienes y derechos tras el fallecimiento de una persona. Es decir, el heredero debe tributar por lo que recibe. Aunque la cantidad a pagar varía significativamente dependiendo del lugar de residencia.
En muchas comunidades autónomas existen bonificaciones importantes, sobre todo para los familiares directos del fallecido (hijos, cónyuges o padres). Sin embargo, estas bonificaciones no siempre se aplican de forma automática. Y, en algunos casos, los herederos pueden enfrentarse a pagos que superan los miles de euros si no cumplen ciertos requisitos. Por eso, cualquier vía que permita evitar legalmente el pago de los impuestos por recibir una herencia resulta de gran interés.
Según ha detallado David Jiménez, los impuestos por recibir una herencia prescriben si han pasado 4 años y medio desde la fecha del fallecimiento sin que Hacienda haya reclamado su pago. Es decir, si en ese periodo no se ha presentado la liquidación del impuesto ni la Agencia Tributaria ha iniciado ninguna acción para exigirlo, el derecho de la administración a reclamarlo caduca.
Esta figura de la prescripción fiscal, habitual en otros ámbitos tributarios, también se aplica a las herencias. Tal como señala Jiménez, “si han pasado 4 años y 6 meses sin que se haya iniciado ningún trámite ni requerimiento, los impuestos por recibir una herencia quedan extinguidos y no se deben pagar”.
No todo es tan sencillo: advertencias legales importantes
Aunque esta interpretación de la ley puede parecer una vía sencilla para evitar los impuestos por recibir una herencia, los expertos advierten de matices esenciales. Al final, basta con que la administración haya iniciado algún procedimiento —aunque el heredero no haya sido informado aún— para que el plazo de prescripción quede interrumpido. En ese caso, Hacienda mantiene su derecho a reclamar el impuesto e incluso podría exigir el pago con intereses y recargos.
Por tanto, es fundamental tener claro si ha habido o no movimientos administrativos respecto a la herencia. Si existe alguna actuación iniciada por la Agencia Tributaria, el plazo se detiene y los impuestos por recibir una herencia deberán abonarse íntegramente.

Otra cuestión relevante abordada por el abogado David Jiménez es que, incluso cuando han prescrito los impuestos por recibir una herencia, el heredero sigue teniendo la obligación de presentar la autoliquidación del impuesto, aunque sea con resultado cero. Es decir, no pagar no significa no declarar.
Este matiz es importante, ya que puede generar errores o interpretaciones incorrectas. La presentación del impuesto es un requisito legal para poder inscribir los bienes heredados, como por ejemplo una vivienda, en el Registro de la Propiedad. Por tanto, aunque no se abonen los impuestos por recibir una herencia, sí es obligatorio realizar los trámites administrativos correspondientes.