El régimen laboral de los fijos discontinuos continúa generando dudas en miles de trabajadores en España. Aunque se estima que cada mes hay más de 687.000 personas bajo esta modalidad, muchos aún no comprenden cuáles son sus derechos durante los periodos de inactividad. Esta semana, Fernando Maján, asesor de la subdirección de prestaciones del SEPE, ha arrojado algo de luz sobre el tema en el programa Madrid Trabaja, de Onda Madrid.
Según ha explicado, los fijos discontinuos mantienen una relación laboral estable con su empresa. Pero su trabajo se activa únicamente en determinados periodos del año, generalmente vinculados a campañas, picos de demanda o proyectos concretos. Esto hace que la sensación de seguridad se tambalee durante las etapas de inactividad, suscitando una pregunta recurrente: ¿tienen derecho a paro?
Acceso garantizado a prestaciones por desempleo
Maján ha sido claro: los fijos discontinuos “siempre van a tener acceso” a prestaciones por desempleo mientras dure su etapa de inactividad. Este punto, que a menudo genera confusión entre quienes desconocen la normativa, es clave para entender cómo funciona el sistema de protección social en estos casos.

Desde marzo de 2022, los fijos discontinuos están equiparados, a efectos legales, con cualquier otro trabajador por cuenta ajena en materia de acceso a prestaciones. Esto significa que pueden solicitar tanto la prestación contributiva como otros subsidios, incluyendo el destinado a mayores de 52 años. Un avance significativo frente a la situación previa a esa fecha.
¿Qué ocurre durante los periodos de inactividad?
La actividad intermitente característica de los fijos discontinuos implica que, durante una parte del año, no trabajan. Aunque siguen manteniendo el vínculo laboral con su empresa. En este tiempo, pueden solicitar una prestación siempre que cumplan con el requisito de haber cotizado lo suficiente. Lo que se evalúa mediante el denominado Periodo de Ocupación Cotizada (POC).
El POC solo contabiliza los meses en los que el trabajador ha estado efectivamente trabajando y cotizando a la Seguridad Social. Es decir, el tiempo de inactividad no cuenta para acumular derecho a nuevas prestaciones. Aunque sí puede ser cubierto con prestaciones ya reconocidas. Este matiz es fundamental para que los fijos discontinuos planifiquen su situación económica.

Según ha explicado Maján, el SEPE revisa las cotizaciones de los últimos seis años que no se hayan utilizado para acceder a prestaciones anteriores. Con esa base, se determina si el fijo discontinuo tiene derecho a una prestación contributiva o a algún tipo de subsidio.
Este mecanismo permite que los trabajadores no pierdan sus derechos por el mero hecho de tener un contrato discontinuo. Al contrario, se trata de una forma de adaptar la normativa a una modalidad de empleo que ha crecido notablemente en sectores como el turismo, la agricultura, la educación o la administración pública.